FACSÍMIL
TRANSCRIPCIONES GENERALES DE ALGUNOS DOCUMENTOS ORIGINALES E INÉDITOS SOBRE
EL CASO DE ZARAGOZA
Del libro
La época de la revolución en Zaragoza – microcosmos de la Independencia de Colombia (1814) del investigador académico y escritor
Norberto Molina Guerrero
DOCUMENTO 1
TRANSCRIPCIÓN DOCUMENTO 1
Folio 41 (frente)
“Valga por del sello 3º y para los años de 1814
y 1815 Señor sub. Presidente teniente coronel y capitán (ilegible)
Francisco de Paula Cuestas, ciudadano de este Estado y vecino y notario
de diezmos, ante usted con el mayor respeto, y contentando al traslado que se
me ha corrido parezco, y digo: Que en todas sus partes me refiero a mi primer
escrito presentado el diez, y siete de junio (ilegible) constante en los autos
a hojas veinte, y nueve hasta la treinta y dos, y su vuelta para que usted
según el mérito de lo que en él llevo alegando dictamine lo que estime en
justicia ella mediante=
A usted suplico, que dando por evacuado el
traslado, provea como solicito, protesto juro lo necesario y C = (rúbricas de:
Francisco de Paula Cuestas)
Zaragoza julio 19 de 1814
Traslado= (rúbricas de: testigo: Gregorio de los Santos, Hernández, Juan
Castelvondo
En el mismo día, hicimos sobre el decreto que antecede a la parte
presentante, de estar impuesto firma para que conste (rúbricas de: Castelvondo,
Cuestas, Santos y luego”
DOCUMENTO 2
TRANSCIPCIÓN DOCUMENTO 2
Folio 41 (verso)
“Incontinenti, dimos esta causa en traslado
en cuarenta y una hojas útiles, a Rito Mariaca, de que dejó recibo, y firma la presente
notificación para que conste
(Rúbricas de: Mariaca, Castelvondo, Santos)”
DOCUMENTO 3
TRANSCRIPCIÓN – DOCUMENTO 3
Folio 42 (frente)
“valga por del sello 3º y para los años de 1814
y 1815
Señor subpresidente y teniente coronel
Rito Mariaca ciudadano de este soberano Estado,
vecino de la valerosa Mompóx residente en ésta y preso en la cárcel pública por orden de usted con
el mayor respeto y respondiendo al
traslado que se me ha conferido parezco y digo; que en todo lo que llevo
alegado en mi primer escrito
presentado el treinta del pasado junio, corriente en autos a hojas treinta y tres me remito omitiendo por ahora lo que debiera rebatir a la sangrienta y ofensiva pluma del
promotor fiscal; y quedando por
evacuada la contestación del traslado.
A usted suplico provea y
mande como solicito que así parece de justicia protesto y juro lo necesario
viera c. =
(Rúbrica de: Rito Mariaca)
Zaragoza julio
22 de 1814
Traslado= (rúbricas de:
Hernández, testigo Manuel Vélez, testigo Juan Alberto Castelvondo)
Incontinenti nosotros los testigos de actuación
hicimos saber el decreto que antecede a la parte”
DOCUMENTO 4
TRANSCRIPCIÓN – DOCUMENTO 4
Folio 42 (verso)
“Incontinenti,
dimos esta causa en traslado en cuarenta y una hojas útiles, a Rito Mariaca, de que dejó recibo, y firma la presente
notificación para que conste
(Rúbricas de: Mariaca, Castelvondo, Santos)”
DOCUMENTO 5
TRANSCRIPCIÓN - DOCUMENTO 5
Folio 43 (frente)
“Valga por del sello 3º y para los años de 1814
y 1815
Señor Sub. Presidente teniente coronel
Juan de Dios Ballesteros, vecino de la valerosa
Mompóx y del comercio de esta, con debido respeto y contestando al traslado que
se me ha corrido parezco y digo; que en todas sus partes me remito a mi primer escrito presentado el dos del presente julio constante en los autos a hojas treinta y seis y (ilegible) a
disposición de nuestro soberano gobierno según
el mérito de mi representación, y lo que en ella llevo alegado, dictamine lo que a bien tenga en justicia; y
quedando por evacuado el traslado.
A usted suplico provea y
mande como solicito protesto costas y juro lo necesario viera c.= (Rúbrica de:
Juan de Dios Ballesteros)
Zaragoza julio 28 de 1814
Traslado= (rúbricas de:
testigo: Florentino Joseph Vides, testigo Juan Alberto Castelvondo, Hernández
En el mismo día
nosotros los testigos de actuación hicimos saber el decreto que antecede a Juan
de Dios Ballesteros quedó impuesto y firma para que conste=
(Rúbricas de: Vides, Ballesteros, Castelvondo)”
DOCUMENTO 6
TRANSCRIPCIÓN – DOCUMENTO 6
Folio 43 (verso)
“seguidamente, nosotros
los testigos de actuación entregamos esta causa en traslado a Facundo Medina,
constante de cuarenta y tres hojas útiles, lo
que anotamos para que conste #
(Rúbricas de: Vides, Medina, Castelvondo)”
DOCUMENTO 7
TRANSCRIPCIÓN – DOCUMENTO 7
Folio 44 (frente)
“Valga por del sello 3º y para los años de 1814 y 1815
Señor sub. Presidente teniente coronel
El ciudadano Pedro José Vásquez, fiscal nombrado en la causa criminal
que se agita contra Juan de Dios Ballesteros, Facundo Medina, Rito Mariaca, y
Francisco Cuestas, genere el libelo infamatorio, que con deshonor del juzgado
hicieron esto; ante usted confiese a derecho, parezco y digo: que siéndome
indispensable seguir a la capital Cartagena, y practicar varias diligencias
procesos; se ha de servir usted, nombrar otro que desempeñe el ministerio,
teniendo en consideración he cumplido en el desempeño de el, como lo
manifiestan las dos visitas que corren en los autos, dadas por mi; y hallándome
como en el día me hallo con algunos empeños, y que es indispensable de ir de
facilitar los medios de salir de ello, y que no lo padezcan mis bienes, se ha
de servir usted con arreglo a lo referido atendiendo mi solicitud, que es de
justa, y por ella=
A usted suplico provea, y mande, como llevo
pedido, juro no hacerlo de malicia, y lo necesario viere c=
(Rúbricas de: Pedro Joseph Vásquez)
Za”
DOCUMENTO 8
TRANSCRIPCIÓN – DOCUMENTO 8
Folio 44 (verso)
“ragoza julio 20 de 1814
Siendo justo el reclamo que hace el presentante para poder verificar su
viaje, nombraré en su lugar de fiscal de la causa al teniente de milicias
ciudadano Manuel Cobo, a quien se hará saber su nombramiento, y que preste su
juramento de estilo, y agregue a la causa este pedimento=
(Rúbricas de: Hernández, testigo Gregorio San Germán, testigo Juan
Alberto Castelvondo)
En el mismo día hicimos saber el decreto que
antecede al presente presentante firma para que conste
(Rúbricas de: Vásquez, Castelvondo, San Germán)
Incontinenti para dar cumplimiento a lo mandado en el auto que antecede, hice comparecer en este juzgado al
teniente de milicias ciudadano Manuel Cobo a quien en presencia de los testigos
de actuación por falta de escribano, hice saber
el nombramiento de fiscal, el que
habiendo aceptado hizo juramento por
la cruz de su espada de desempeñar
fiel y legalmente el ministerio y en prueba de ello firma conmigo y otros testigos para que conste
(Rúbricas de: Hernández, Manuel Cobo, Gregorio
San Germán, testigo Juan Alberto Castelvondo)”
DOCUMENTO 9
TRANSCRIPCIÓN – DOCUMENTO 9
Folio 45 (frente)
“valga por del sello 3º y para los años de 1814 y 1815
Señor Sub. Presidente teniente coronel (ilegible)
Facundo Medina vecino de Magangue y mercader en esta y respondiendo al
traslado que me ha conferido ante usted como más haya lugar en derecho digo:
que yo no entiendo si el fiscal de esta causa tenga derecho para hablar tan
descortés y tan sin fundado en razón pues toda su vista se componen de cosas
que no vienen al caso y desvergüenzas que denotan muy bien su ignorancia, pues
en todo adrede lo contrario y digo que me rectifico en lo que llevo alegado en
mi primer escrito presentado en doce del corriente. Constantes en autos a hojas
treinta y ocho y quedando por evacuado la contestación del traslado=
A usted suplico provea y mande lo que halle en
justicia protestando costa y juro lo necesario viera=
(Rúbrica de: Facundo Medina)
Abrace a prueba por el término de nueve días
comunes a los presentes y hágales saber= (Rúbricas de: Hernández, testigo Juan
Alberto Castelvondo, testigo Gregorio San Germán)
En el mismo día nosotros los testigos de actuación hicimos saber el
decreto que antecede a la parte presentante quedó impuesto y lo firma lo que
anotamos para que conste #
(Rúbricas de: Castelvondo, Medina, San Germán)
En”
DOCUMENTO 10
TRANSCRIPCIÓN
– DOCUMENTO 10
Folio 45 (verso)
“dicho día hicimos (ilegible) notificación a
Francisco Cuestas quedó impuesto y firma para que conste =
(Rúbricas de: San germán, Cuestas, Castelvondo)
En el mismo hicimos igual notificación a Juan
de Dios Ballesteros y firma para que conste= (Rúbricas de: San germán,
Ballesteros, Castelvondo)
Y luego incontinenti igual notificación a Rito
Mariaca de estar impuesto firma para que conste=
(Rúbricas de: San germán, Mariaca, Castelvondo)
En dicho día, hicimos igual rectificación al
fiscal nombrado en esta causa, que firma para
que conste
(Rúbricas de: San germán, Cobo, Castelvondo)”
DOCUMENTO 11
TRANSCRIPCIÓN
– DOCUMENTO 11
Folio 46 (frente)
“Valga por del sello 4º para los años de 1814 y
1815 Señor sub. Presidente teniente coronel
Habiéndome nombrado por usted de fiscal en la causa que se excita contra
Juan de Dios Ballesteros, Facundo Medina Rito Mariaca y Francisco de Paula
Cuestas, se de servir usted por el cumplimiento del ministerio, mandan se me de
vista de ellas, por el término de la ley
_ esto me parece en justicia= (Rúbrica de
Manuel Cobo)
Zaragoza agosto de 1814
Diese como lo pide _ previa citación =
(Rúbricas de: Hernández, testigo: Gregorio San
germán, testigo: Juan de Alberto Castelvondo)
En el mismo día nosotros los testigos de actuación hicimos saber el
decreto que antecede a”
DOCUMENTO 12
TRANSCRIPCIÓN
– DOCUMENTO 12
Folio 46 (verso)
“La parte presentante, quedó impuesto, lo que
anotamos para que conste # (Rúbricas de: Castelvondo, Cobo, San germán)
Incontinenti hicimos la citación mandada a Juan
de Dios Ballesteros. Firma para que conste=
(Rúbricas de: Castelvondo, Juan de Dios Ballesteros, San Germán)
Y en el mismo otra igual a Francisco de Paula
Cuestas firma para que conste= (Rúbricas de: Castelvondo, Cuestas, San germán)
Y en los términos otra a Facundo Medina firma
para que conste = (Rúbricas de: Castelvondo, Cuesta, San germán)
Y en los mismos términos otra a Facundo Medina.
Firma para que conste=
(Rúbricas de: Castelvondo, Medina, San germán)
Seguidamente hicimos igual citación a Rito
Mariaca quedó impuesto, y firma para que conste = en este Estado dijo no
firmaban, lo hacemos nosotros =
(Rúbricas de: Castelvondo, San Germán)”
DOCUMENTO 13
TRANSCRIPCIÓN – DOCUMENTO 13
Folio 47 (frente)
Señor teniente capitán Aguerra
El ciudadano Juan de Dios Ballesteros vecino de la valerosa Mompóx y
residente de mercader tratante en esta ante usted con mi acostumbrado respeto
parezco y digo. Que habiéndoseme notificado el día tres del corriente en estado
de pruebas la causa que se sigue sobre el papel anónimo fechada 26 del pasado
abril por el término de nueve días; y siéndome sumamente imposible poder dar
las que a mi derecho conviene en tan corta distancia, a causa de necesitar
algunas que me han de venir fuera de la jurisdicción, suplico a usted que
atendiendo a lo expuesto se sirva concederme todo el término de la ley que así
me parece de justicia ella mediante.
A usted suplico provee según mi pedimento juro
lo necesario viere (Rúbrica de: Juan de Dios Ballestero)
Zaragoza agosto 13 de 1814
Concédase, con calidad de común y hágase saber=
(Rúbricas de: Hernández, testigo Florentino,
testigo Joseph Vides, testigo Juan Alberto Castelvondo)”
DOCUMENTO 14
TRANSCRIPCIÓN
– DOCUMENTO 14
Folio 47 (verso)
“El mismo día nosotros los testigos de
actuación hicimos saber el decreto que antecede a la presente presentante,
quedó impuesto, y lo firma para que conste =
(Rúbricas de: Ballesteros, Vides, Castelvondo)
Seguidamente se le hizo saber a Francisco Cuestas quedó impuesto, y firma para
que conste (Rúbricas de: Castelvondo, Cuestas,
Vides)
Inmediatamente se notificó a Facundo Medina
quedó impuesto y firma para que conste=
(Rúbricas de: Castelvondo, Medina, Vides)
En el (ilegible) citado día hicimos igual
notificación a Rito Mariaca, impuesto dijo, no firmaba ni se daba por citado,
lo que anotamos para que conste=
(Rúbricas de: Castelvondo, San germán)
Y luego incontinenti hicimos otra igual al
fiscal nombrado en esta causa de están impuesto firma para que conste=
(Rúbricas de: Castelvondo, Cobo, San germán)”
DOCUMENTO 15
TRANSCRIPCIÓN
– DOCUMENTO 15
Folio 48 (frente)
“Señor comisionado
En virtud, de lo prevenido en decreto fechado de octubre he precedido a
tasar este expediente conforme a la sentencia, y condenación hecha en ella al
capitán Aguerra de esta si conforme al arancel debe satisfacción dicho capitán
a los testigos de actuación de este cuaderno trece patacones uno, y medio
(ilegible) y enterar por el papel de oficio que gasto en el seis (ilegile). Un
cuartillo en el tesoro común. Advirtiendo que por el derecho de tasación no
exijo cosa alguna.
(Rúbricas de: Celedonio de Trujillo secretario de comisión)
Zaragoza 21 de noviembre de 1814
Satisfáganse las costas por las partes conforme
la tasación (Rúbricas de: Barrientos, Trujillo)
Pase presente este decreto al señor capitán
Aguerra quien manifestó los reciba de las costas
tasadas en este expediente y en el otro, las
que hice a satisfecho sin perjuicio de la
apelación que tiene interpuesta doy fe
(Rúbrica de: Trujillo)”
DOCUMENTO 16
TRANSCRIPCIÓN – DOCUMENTO 16
Folio 49 (frente)
“recibí del señor comisionado ciudadano Francisco Javier Barrientos, la
parte de costas que me pertenecían en la condena hecha por el escribano señor,
a este señor sub. Presidente y para que conste doy el presente que firmo en
Zaragoza a veinte y tres de noviembre de mil ochocientos catorce=
(Rúbrica de: Julián Ospina)